viernes 6 de noviembre de 2009

Un crucifijo en la escuela

El Tribunal de Estrasburgo marca la pauta a los Gobiernos en una cuestión controvertida

El PAÍS, 06/11/2009

El revuelo causado sobre todo en Italia, el Estado directamente afectado, y en los ámbitos católicos de Alemania, en especial en la región de Baviera, por la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, que declara incompatible con la libertad religiosa la presencia del crucifijo en la escuela pública no es desconocido en España. Recuerda la reacción suscitada hace un año por la sentencia de un juzgado de Valladolid, pendiente de recurso, que estableció, a demanda de un grupo de padres, la incompatibilidad de la presencia del crucifijo en las aulas y espacios comunes de la escuela pública con los artículos 14 y 16.1 de la Constitución.

La sentencia del Tribunal de Estrasburgo adquiere, sin embargo, una relevancia especial. Marca la pauta a seguir en la interpretación de la legislación sobre derechos humanos que los Estados de la Unión Europea se han comprometido a respetar y frente a la que no caben interpretaciones jurisprudenciales internas o lecturas condicionadas a los intereses políticos o motivaciones ideológicas del Gobierno de turno. Tras la sentencia resultará difícil no abordar legislativamente la cuestión, de modo que siga siendo una batalla legal entre padres y jueces, como parece ser la intención del Gobierno español en la anunciada reforma de la Ley de Libertad Religiosa.

La reacción del Gobierno de Berlusconi a la sentencia hace temer que busque la forma de burlarla o de aplazar su cumplimiento, como sucedió en el caso de Eluana Englaro, prolongando la batalla legal librada por la demandante, una madre italiana de dos niños de 11 y 13 años, para que el Estado italiano respete, conforme a su carácter laico y aconfesional, la libertad ideológica y religiosa de sus dos hijos en la escuela pública.

Al Gobierno italiano no le ha servido de nada devaluar el significado religioso del crucifijo y resaltar, en cambio, su simbología humanista en su intento de convencer al tribunal de su compatibilidad con el Estado laico y del carácter inocuo de su exposición en la escuela pública. El tribunal ve en el crucifijo lo que todo el mundo y en especial la Iglesia: un símbolo asociado al catolicismo. Su presencia en la escuela pública mal puede servir al pluralismo educativo, además de vulnerar el principio de neutralidad confesional del Estado y de no respetar las convicciones religiosas y filosóficas de padres y alumnos.

miércoles 4 de noviembre de 2009

Estrasburgo declara que el crucifijo en las aulas viola la libertad religiosa

La lucha del laicismo ha dado un paso más en la esfera judicial. El Tribunal de Estrasburgo o Corte Europea de los Derechos Humanos ha declarado la presencia de los crucifijos en las aulas "una violación de los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones" y de "la libertad de religión de los alumnos".

La sentencia del tribunal europeo responde al recurso presentado por Soile Lautsi, una ciudadana italiana de origen finlandés, que en 2002 había pedido al instituto estatal en el que estudiaban sus dos hijos que quitara los crucifijos de las clases.

El Vaticano, sin comentarios

Después de numerosos intentos fallidos ante los tribunales italianos, la mujer recurrió al tribunal europeo de los derechos del hombre, que esta mañana le dio la razón y declaró la usanza italiana de exponer un crucifijo en las aulas de las escuelas públicas como una violación de los derechos fundamentales.

Ahora, el Gobierno italiano deberá pagar a Lautsi una indemnización de 5.000 euros por los daños morales sufridos. Además, se trata de la primera sentencia que la Corte de Estrasburgo emite en materia de exposición de símbolos religiosos en las aulas.

La reacción del Vaticano al respecto fue cauta y, por el momento, no ha querido comentar la noticia, al menos hasta que sean publicadas las motivaciones de la sentencia. "Creo que es necesario reflexionar antes de comentar", explicó el director de la sala de prensa del Vaticano, Federico Lombardi.

En España

En España todavía existen frentes abiertos. La batalla del laicismo contra los símbolos religiosos no está todavía resuelta. El conflicto se encuentra ahora Tribunal Constitucional, cuya Sala Segunda debatirá en los próximos meses si posee encaje en la Carta Magna que una asociación de afiliación obligatoria tenga una virgen como patrona. Además existen varios casos que, desde 2007, han ido desembocando en los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) autonómicos. Los individuos o asociaciones laicas demandantes apelan al artículo 14.1 de la Constitución, que señala que no puede "prevalecer discriminación por razón de religión", y al 16.3, que establece que "ninguna confesión tendrá carácter estatal".

lunes 2 de noviembre de 2009

Un cementerio de todos por igual

Artículo a publicar el miércoles, 4 de noviembre

Cuando fallece una persona, no se convierte simplemente en un pedazo de materia orgánica, pues de algún modo permanece viva en la mente y el corazón de quienes la recuerdan. El ser humano se caracteriza por celebrar y conmemorar en todos los tiempos y culturas la vida y la muerte de quienes fallecen. De hecho, uno muere definitivamente cuando su recuerdo se va desvaneciendo a medida que transcurren los años y se suceden las generaciones. De ahí la importancia de las instituciones que tienen que ver con el último y final suceso de la existencia humana: la muerte. Entre tales instituciones destaca la función que desempeñan los ayuntamientos en la regulación y el funcionamiento de los cementerios municipales.

El viernes pasado, en el Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, se debatió una moción sobre la necesidad de elaborar y llevar a la práctica un nuevo Reglamento del cementerio municipal de Torrero. Como el reglamento aún vigente es algo más que obsoleto y está vinculado a los años más feroces y nacionalcatólicos del franquismo, todos los grupos políticos municipales aprobaron por unanimidad la redacción final de un nuevo reglamento. Simultáneamente, se produjo un salto cualitativo en la historia de los acuerdos municipales de la ciudad de Zaragoza: por primera vez se aprobó oficialmente un acuerdo para que la aconfesionalidad sea un marco de referencia en la redacción y ejecución del nuevo reglamento del cementerio municipal de Zaragoza, cuya propiedad es exclusiva del Ayuntamiento.

Hay personas y grupos que asocian la aconfesionalidad con actitudes antirreligiosas y antieclesiásticas, pero en realidad la aconfesionalidad no va contra nada ni contra nadie: es, más bien, una apuesta por la universalidad de las instituciones públicas del Estado, la posibilidad efectiva de que todos los ciudadanos y ciudadanas puedan hacer efectiva su libertad de conciencia en igualdad de condiciones y sin ningún tipo de discriminación por razón de sus ideas, creencias e ideologías. Un Ayuntamiento aconfesional está en condiciones así de ofrecer a todos y cada uno de los ciudadanos la oportunidad de celebrar la despedida póstuma de un ser querido en unas instalaciones, con un personal y según una normativa iguales y comunes a todos. Quienes tienen creencias religiosas (católicos, protestantes, ortodoxos, judíos, musulmanes…), así como quienes mueven su mirada y su vida en el horizonte de lo real, tienen el mismo destino, coinciden en morir al final de su existencia y acaban en el mismo tanatorio municipal. De ahí que las instalaciones y servicios funerarios que debe proporcionar un Ayuntamiento han de cumplir siempre las condiciones de calidad, plena igualdad y respeto de todas las ideas, según la libertad de conciencia de la ciudadanía.

El Estado (por consiguiente, también un Ayuntamiento) no debe ser pluriconfesional (en su seno asume varias confesiones religiosas a la vez) y mucho menos monoconfesional (coincidente con una sola confesión religiosa, que reconoce como propia y oficial), sino aconfesional (es decir, sin confesiones religiosas; ateniéndonos a la definición de aconfesional de la RAE: “que no pertenece o está adscrito a ninguna confesión religiosa”). El Estado no debe ser aconfesional en nombre de alguna ideología agnóstica o atea, sino por su obligación de estar al servicio de la ciudadanía en plena igualdad de condiciones.

En el Estado aconfesional (por consiguiente, también en un Ayuntamiento aconfesional) las creencias y las instituciones religiosas pertenecen al ámbito de lo privado, dentro de la libertad religiosa y de culto, y han de ser siempre acordes con las leyes supremas de la nación. Precisamente por ello, las instituciones del Estado, al pertenecer y tener que servir a todos los ciudadanos por igual, han de ser respetuosas con todas las ideas, así como también autónomas e independientes de todas ellas. Los actos y celebraciones de Estado (festividades, funerales, tomas de posesión, etc.) no deberían estar asociados a ningún rito o acto confesional, y los representantes del Estado deberían poner sumo cuidado en mostrar y demostrar el carácter aconfesional de sus cargos y sus actos.

A veces nos puede el ansia y adolecemos de baldía impaciencia. Cortos de vista entonces, dejamos que nos invada el desaliento al observar que nuestras expectativas parecen demorarse en demasía. Aceptamos con normalidad que determinados hechos se remontan a millones o miles de años y conocemos que muchos de los cambios acontecidos en la historia fueron abriéndose paso lentamente en el tiempo. Sin embargo, parece que queremos de forma inmediata y sin dilaciones el asentamiento en el mundo y en la historia del ser humano libre, responsable, dueño de sí mismo, liberado de supersticiones y de dogmas, consciente de su auténtica naturaleza y sus capacidades reales, dotado de un criterio personal, fundado y crítico. El paso, aparentemente insignificante, dado ayer en el salón de Plenos del ayuntamiento zaragozano en relación con la aconfesionalidad del cementerio municipal va encaminado hacia esa misma dirección.

sábado 31 de octubre de 2009

Finalmente, no entierran sí...

Parece un chiste, pero ocurre todos los días

Avatares de la filosofía

Aconfesionalidad del cementerio municipal de Zaragoza