Según un mito semita,
su dios creó a un hombre del barro (Adán) y a una mujer (Eva) de una parte de ese
hombre. Vivían ambos en un paraíso pero sucumbieron a la tentación de hacer lo
que les estaba prohibido (saber y conocer) y entonces fueron expulsados de
aquel paraíso y condenados a enfermar y morir, trabajar y parir con dolor.
El judeocristianismo
llamó a eso “pecado original”, cuyas consecuencias pagan todos los humanos en
cuanto son concebidos como humanos mediante relación carnal de sus correspondientes
progenitores. Incluso los bebés recién nacidos han de ser “lavados” de ese
pecado, aunque llevarán consigo hasta su muerte todas las desgracias que
sobrevinieron a Eva y Adán.
El cristianismo
da un paso más: un judío llamado Jesús es su dios hecho humano, concebido por
ese mismo dios en una doncella virgen (convertida en madre de dios) y condenado
a muerte por sí mismo para redimir a la humanidad de sus pecados,
principalmente el “pecado original” (de lo contrario, no tendría explicación qué
supuestos pecados son los cometidos por un bebé bautizado).
El catolicismo
aún da otro paso más: en 1854 convierte en “dogma de fe” (quien no se lo cree, peca
gravemente) que esa mujer judía que tuvo en su vientre a su dios y se convirtió
en su madre, a diferencia de todos los demás seres humanos, no fue alcanzada
por el pecado original, sino que desde el primer instante de su concepción,
estuvo libre de todo pecado. Tal “dogma” recibió el nombre de “Inmaculada
Concepción”.
El nacionalcatolicismo
español, aún en vigor en tantos lares celtibéricos, entre otras muchas cosas:
· sigue
haciendo en pleno siglo XXI día festivo el 8 de diciembre (día de la “Inmaculada
Concepción”).
· La
Infantería Española de las Fuerzas Armadas, institución pública del Estado, sigue
manteniendo a la “Inmaculada Concepción” como su Patrona.
·
El Alcalde de Toledo
(actualmente socialista), en calidad de su cargo y en representación del
Ayuntamiento, jura cada año defender el dogma católico de la Inmaculada
Concepción, en flagrante contradicción con el artículo 16.3 de la Constitución
Española, que declara el principio de la aconfesionalidad del Estado y sus instituciones.
¿Cuándo habrá un calendario de
días festivos en España independiente de cualquier celebración confesional?
¿Hasta cuándo la ciudadanía española
deberá padecer en su vida cotidiana y sus fiestas la presencia de historias y
relatos mitológicos, y de creencias religiosas que pertenecen al ámbito privado
de las personas y de los grupos confesionales?
¿Cuándo nuestros representantes
políticos y las instituciones públicas del Estado cumplirán el principio
constitucional de la aconfesionalidad del Estado?
¿Para cuándo un Estado verdadera
y realmente laico y aconfesional?
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