Con el calor que está haciendo y con tanta
gente bañándose estos días en la playa o en la piscina, indagué hace poco cuántas
piscinas hay en España. Me quedé estupefacto: según un informe de 2009 del
Departament d’Investigació i Estrategia de Mercat de la Fira de Barcelona, el
parque de piscinas privadas de uso familiar en el mundo es de 13 millones de
piscinas (el 59% están en Norteamérica y Europa cuenta con 4 millones -29%-, lo
que deja al resto del mundo 1,65 millones de piscinas -12% del total-).
España ocupa el segundo lugar, después de
Francia, en Europa con un total de 1.112.000 piscinas (sin contar las
clandestinas y no declaradas), que mueve más de 1.300 millones de euros anuales
e integra a más de 2.000 empresas y un buen número de puestos de trabajo
directos e indirectos. Como de ese millón largo de piscinas existentes en
España (que pueden tener uno o varios vasos, según los casos), casi la mitad
tiene menos de diez años, parece evidente que se trata de un sector que no está
precisamente en declive.
Por
otro lado, hay en España 32.000 piscinas de uso público, teniendo en cuenta que
una piscina privada a la que puede acceder un determinado número de vecinos es
considerada también piscina pública o piscina de uso colectivo, en la mayor
parte de normativas autonómicas de piscinas. Por ejemplo, en Aragón se entiende
por piscinas colectivas “aquellas que perteneciendo a corporaciones,
entidades, sociedades de carácter público o privado o personas físicas, no sean
de uso exclusivamente unifamiliar” (art. 2º de la Normativa de la DGA, que regula las condiciones higiénico-sanitarias de las
piscinas de uso público).
Es
magnífico que haya piscinas en España y en Aragón para que la gente pueda hacer
deporte, divertirse y aliviar también la sofoquina veraniega, pero mosquea
sobremanera que haya tantas piscinas privadas de uso familiar. En los últimos
años se nos ha insistido mucho sobre la importancia y la necesidad del uso
razonable del agua, de ahorrarla y no derrocharla, de la aportación que podemos
hacer con ello al cuidado del medio ambiente. De hecho, tenemos
ya incrustada en la conciencia psíquica y moral una serie de normas de
comportamiento respecto del uso del agua, que muchos procuramos cumplir con
esmero: por ejemplo, cerrar el grifo del agua mientras nos cepillamos los
dientes o nos enjabonamos en la ducha, poner una lavadora solo cuando haya ropa
suficiente o utilizar el lavaplatos cuando esté lleno... Todo ello está muy
bien, pues contribuye a hacer un uso correcto de los recursos naturales,
especialmente de un elemento tan esencial para la vida como es el agua. Basta
recordar un solo día que hayamos tenido cortado el suministro de agua en
nuestra casa para que quede patente la necesidad perentoria del agua.
Precisamente por ello, me pregunto cuántos
años y cuántas vidas deberíamos pasar los ciudadanos cerrando, por ejemplo, el
grifo del lavabo, de la ducha o del fregadero para poder llenar una sola
temporada las piscinas privadas de uso familiar habilitadas en España (1,1
millones). No es preciso acudir aquí y ahora al tan manido asunto de los campos
de golf: a uno de enero de 2010 hay 572 clubs de golf federados y 416 campos federados en España, de los que
38 (9% del total) tienen carácter público (de los no federados, mejor no hablar).
Centrándonos en las piscinas, parece evidente que existe un desequilibrio abismal entre las
demandas y recomendaciones hechas por los gobernantes al pueblo llano para el
ahorro del agua (potable y no potable) y la desmesurada cantidad de piscinas
privadas existentes en España. Los políticos, gobernantes y expertos deberían
ser más justos y tener algo más de sensibilidad y coherencia, a fin de no
inculcar, por una parte, conciencia ecológica a unos y pedirles un
comportamiento responsable y razonable en el consumo del agua, mientras, por
otra parte, propietarios y usufructuarios de 1,1, millones de piscinas (casualmente,
quienes pertenecen a los estratos sociales más elevados y pudientes de la
sociedad) pueden llenar y se bañan en sus piscinas privadas cuando y como gustan
(en cualquier caso, se trata de una fotografía de la sociedad hispana real).
Ante la ausencia
de legislación para piscinas privadas (por ejemplo, en el Decreto 50/93 de 19 de mayo, la DGA regula solo “las
condiciones higiénico – sanitarias de las piscinas de uso público”), quedémonos mirando al menos cómo se renueva
continuamente el agua de las colectivas, bien por recirculación y depuración o
mediante entrada de agua nueva (art. 17), que como mínimo será diariamente del
5% del volumen total, y comprobemos si se
cumple que su aforo máximo es de una persona por cada dos metros cuadrados (art.
21). Mientras tanto, Heráclito de Éfeso
se queda pensando si, con tanta agua fluyente y tanta piscina, también es
verdad que nadie se puede bañar dos veces en la misma piscina.
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