lunes, 13 de junio de 2011

Archivada la querella contra Leo Bassi y la Univ. de Valladolid


SE ARCHIVA LA QUERELLA CONTRA LEO BASSI QUE HABÍAN INTERPUESTO LA "ACC" Y "HAZTEOIR".  ESPEREMOS QUE SEA DEFINITIVA, POR EL BIEN DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE LA DEMOCRACIA   


La Audiencia Provincial de Valladolid admite el recurso del Fiscal y de la representación procesal de Leo Bassi (letrado José Miguel Sebastián) y no admite la querella presentada en su contra por la Asociación de Abogados Cristianos (ACC) y la Asociación HazteOir (HO).

En el Auto se hace referencia a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos y de nuestro Tribunal Constitucional, según la cual la libertad de expresión es válida no sólo para las ideas o informaciones mayoritariamente acogidas con, sino también para aquellas que contrarían, chocan o inquietan al Estado o a un aparte cualquiera de la población" y que, en ningún caso, en un Estado democrático el derecho penal puede ser "un factor de disuasión del ejercicio de la libertad de expresión.

HO y la ACC se habían querellado contra Leo Bassi, acusándolo de blasfemo y contra el rector de la Universidad de Valladolid, por admitir una conferencia y espectáculo cómico que se desarrolló en dicha Universidad. En la querella presentada por HO y la ACC se alude al delito contra los sentimientos religiosos del artículo 525.1 del Código Penal, en concurso con el delito tipificado en el artículo 510 del Código penal de provocación a la discriminación, al odio o a la violencia."

Dice el Auto: La imitación del Papa de la Iglesia católica, no deja de ser una parodia pero sin llegar a contener elementos denigrantes o humillantes por representarlo (en algunos momentos, no en todos) con un andar escasamente ágil o como una persona de avanzada edad.

En cuanto al tema de los preservativos, no advertimos esa equiparación con el acto de la Consagración señalada en la querella. No se acompaña con expresiones de la liturgia propia de ese acto que así lo hagan pensar, incluso la simulación de tirar los preservativos, y en la forma que lo hace, no es identificable con la administración de la sagrada forma en la Eucaristía. Por lo tanto, de ello no cabe extraer una interpretación clara o unívoca con ese acto de la Consagración.

Las referencias en torno a las noticias de abusos sexuales cometidos por sacerdotes, no pasan de ser interrogantes críticos sobre el silencio de algunos estamentos dentro de la Iglesia en relación a lo que han hecho “esos curas” (sic), utilizando esta expresión significativamente delimitadora, sin que tales comportamientos vengan atribuidos a todos los sacerdotes, ni a los católicos en general.

El Auto, razona, que los hechos que aparecen en el visionado de la conferencia y en los que se pretende fundamentar un comportamiento delictivo, lo que ponen de relieve es un posicionamiento laico, y si se quiere anticlerical del conferenciante, sin que ello constituya realmente escarnio de los dogmas, creencias, ritos o ceremonias de la religión católica, ni vejación de quienes los profesan o practican, y tampoco se aprecia un dolo de ofender los sentimientos de tal confesión.

El hecho de no creer en los dogmas de una determinada religión, o pensar que no son ciertos y manifestarlo públicamente, entra dentro de la libertad ideológica y de la libertad de expresión, por lo que en sí mismo no entraña ningún comportamiento censurable penalmente, se concluye en el Auto.

 EUROPA LAICA SE CONGRATULA DEL ARCHIVO DE TAL INSENSATA QUERELLA, YA QUE DEFENDEMOS E IMPULSAMOS EL PRINCIPIO DEMOCRÁTICO POR EL CUAL HAY QUE NORMALIZAR JURÍDICAMENTE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE CONCIENCIA EN EL ESTADO ESPAÑOL.

DURANTE AÑOS  (Y SIGLOS) UN MODELO DE CATOLICISMO EXCLUYENTE HA EXIGIDO A TODOS LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS UNA ÚNICA FORMA DE PENSAR Y ACTUAE, DE TAL FORMA QUE QUIENES NO SE SOMETÍAN A ESA DOCTRINA  ERAN CONDENADOS, INCLUSO HASTA LA MUERTE.

HOY, ESTOS GRUPOS ULTRACATÓLICOS Y UNA PARTE DEL CLERO LANZAN SOFLAMAS INTEGRISTAS CALIFICANDO DESPECTIVAMENTE COMO "EMBESTIDAS LAICISTAS", O BUFONADAS,  A PERSONAS, ACCIONES Y OPINIONES DIFERENTES A LAS QUE ELLOS SOSTIENEN, BASADAS EN SUS PRIVADOS DOGMAS DE FE, QUE EN REALIDAD SOLO DEBERÍA COMPETERLE A ELLOS.

DE AHÍ LA NECESIDAD DE MODIFICAR, URGENTEMENTE, EL CÓDIGO PENAL Y ELABORAR UNA LEY DE LIBERTAD DE CONCIENCIA QUE EVITE EL JUDICIALIZACIÓN DE CUALQUIER CUESTIÓN QUE AFECTA A LOS TEMAS RELIGIOSOS, CUANDO ÉSTOS SE “SIENTEN OFENDIDOS" EXIGIENDO PRIVILEGIOS ESPECIALES.

EN GENERAL LAS RELIGIONES ABRAHAMICAS EXIGEN AL ESTADO PRIVILEGIOS SIMBÓLICOS, JURÍDICOS, SOCIETARIOS Y ECONÓMICOS POR ENCIMA DEL CONJUNTO DE LA SOCIEDAD CIVIL. AHÍ RADICA EL PROBLEMA Y MÁS CUANDO SE LES CONDECEN, COMO OCURRE TODAVÍA HOY EN ESPAÑA.

AUTOS COMO ÉSTE VIENEN  A NORMALIZAR ANCESTRTALES TEORÍAS.  Sin embargo...

La Asociación de Abogados Cristianos (AAC) y la Asociación HazteOir expresan que recurrirán la sentencia ante instancias superiores (Tribunal Supremo) al considerar que “toda la argumentación de la Audiencia provinmcial de Valladolid está basada erróneamente al considerar que la libertad de expresión de un bufón y sus ganas de hacer gracia o anumis iocandi, como recoge el Auto, no está por encima de la Legislación vigente y los derechos de los católicos”. Según una portavoz de la ACC. *Para quienes tengan curiosidad toda la información y opinión de HazteOir en:

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