viernes, 10 de abril de 2015

Diario de un perroflauta motorizado, 476






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QUEDAN 21 DÍAS DE ESTANCIA EN EL PORTAL DE LA CONSEJERA ARAGONESADE EDUCACIÓN


Llevamos años con el debate de si debe haber símbolos religiosos en los centros públicos de enseñanza, lo cual llama la atención sobre todo porque, con tantos años ya de Constitución, aún no está resuelto este asunto: según el artículo 16.3 de la Constitución, ninguna confesión religiosa debe tener carácter estatal y, por tanto, ningún elemento perteneciente al ámbito privado (por ejemplo, las iglesias e instituciones religiosas, así como sus símbolos y ritos),  deben formar parte del ámbito público, inherente a toda la ciudadanía.
No se trata de eliminar los símbolos religiosos del mapa español, sino de situarlos en el lugar que les corresponde en una democracia laica y aconfesional. Los crucifijos, pongamos por caso, al igual que los símbolos islámicos, judíos o de cualquier otra religión, cuentan con una considerable cantidad de iglesias, sinagogas, ermitas, mezquitas y catedrales para ser guardados y venerados, pero una escuela pública (los centros privados de enseñanza son, de momento, otro cantar) no es su lugar adecuado. Por fortuna, el nacionalcatolicismo se ha visto privado de los instrumentos por los que imponía universal y coercitivamente sus dictados en materia ideológica y de costumbres, y ahora está muy lejos de ser un desdoro declararse ateo, agnóstico o simplemente indiferente frente a las religiones y las iglesias. Por mucho que repita lo contrario alguna facción de la jerarquía católica hispana, esto no significa una persecución religiosa, sino simplemente que la libertad (sin adjetivos) se ha abierto paso en la sociedad española.
Sin embargo, sigue habiendo personas y grupos políticos empecinados en no querer entender y/o aplicar el principio de la aconfesionalidad del Estado. Rehusando elaborar una Ley de Libertad de Conciencia, más amplia, que comprendiera también a cuant@s no se identifican con alguna religión, siguen empecinados en mantener solo una Ley de Libertad Religiosa. Es decir, café para tod@s (multiconfesionalidad) en detrimento de la aconfesionalidad de las instituciones del Estado. ¿Desde qué perspectiva democrática es concebible, por ejemplo, el mantenimiento de  "la asistencia religioso-pastoral a los miembros católicos de las Fuerzas Armadas por medio del Vicariato Castrense", como estipulan el Concordato de 1953 y los Acuerdos de 1979? ¿O la simbología religiosa que sigue existiendo en algunos hospitales, antaño privados, hoy financiados enteramente con dinero público? ¿O las considerables dificultades por las que tuvo que pasar la Asociación Escuela Laica de Valladolid por dar cuenta de la presencia de símbolos religiosos en la escuela pública "Macías Picavea" de Valladolid?
En la escuela pública no debe haber símbolos pertenecientes a instituciones de carácter privado. Si alguno de ellos tiene un especial valor artístico, su lugar adecuado es una iglesia o un museo, pero no un centro de enseñanza.
En la escuela pública tampoco deben impartirse clases de religión durante el período lectivo (en los centros de enseñanza ha de impartirse saberes racionales y científicos, pero no creencias) y la formación religiosa debe hacerse en la familia que así lo decida y en las iglesias. De hecho, no hay niños cristianos, judíos, musulmanes o ateos, sino hijos de padres cristianos, judíos, musulmanes o ateos. ¿Cuándo dejaremos en paz a los niños y respetaremos su libertad de conciencia hasta que estén en condiciones de decidir por ellos mismos? Hey, teacher, leave them kids alone!


La mañana ha sido tan plácida y concurrida como siempre, si bien ha bajado la cifra de 2.500 personas en el portal de la Consejera aragonesa de Educación.





Hasta el próximo día

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