Ha llegado a mis manos un auto judicial
de fecha doce de agosto de 2011, donde el magistrado-juez del Juzgado de
Instrucción n. 1 de Zaragoza, José Ignacio Martínez Esteban, decreta el
sobreseimiento de la denuncia interpuesta por un ciudadano (de nombre Ignacio)
por la violencia empleada por la policía en el desalojo de un inmueble
previamente “okupado” por algunos miembros del 15M.
Pues bien, tras leer el auto judicial, he
quedado estupefacto. Ciertamente, no percibimos la realidad como si fuésemos
cámaras fotográficas, sino que la reconstruimos, configuramos, interpretamos y
remodelamos a tenor de una multitud de factores personales, profesionales,
sociales y culturales que conforman nuestro aparato perceptivo y mental.
Consciente de ello, intento ahora dejar de lado en lo posible cualquier
componente personal y subjetivo y ceñirme a lo que he visto personalmente y he
constatado en los informes médicos. Me pregunto si el magistrado-juez del
Juzgado de Instrucción n. 1 de Zaragoza, José Ignacio Martínez Esteban, ha
hecho el mismo esfuerzo de objetividad e imparcialidad.
No hablo de oídas, pues pude observar
personalmente los daños infligidos a Ignacio, que también constan en el informe
médico de Urgencias del Hospital “Miguel Servet” de la ciudad de Zaragoza. En
primer lugar, las fuerzas policiales no desalojaron el edificio, pues los
“okupantes” habían decidido quedarse fuera, en la calle, sobre la acera (el
juez se equivoca de plano cuando afirma en el Fundamento de derecho Segundo que
se hallaban “en el interior del inmueble y en sus accesos”. A resultas de lo
allí sucedido, no quiero imaginar lo que podría haber ocurrido dentro, sin
cámaras ni testigos, aquel treinta de junio de 2011.
Ignacio acabó en el hospital, con
múltiples contusiones y heridas, producto de las patadas y golpes. Es una
persona convencida de que el pacifismo es la vía adecuada en cualquier
situación o acción reivindicativa, e incluso insistió a sus compañeros en no
dar argumentos a los posibles futuros detractores al utilizar actitudes o actos
violentos. Ignacio mismo me contó al día siguiente que, en pleno fragor de
aquella mañana, dijo a los policías que aquellos “okupantes” podían ser sus
hijos o sus hermanos. Yo creo a Nacho a pies juntillas; le conozco y le creo.
Sé que dice la verdad al contar que, mientras un policía le aplastaba la cara
con su bota contra el suelo, otros le pateaban el cuerpo y otro más le rompió
de una patada en los testículos. Poco pudieron ver los compañeros, fotógrafos,
periodistas y curiosos, pues los policías habían formado un semicírculo para
ocultar la escena, pero su cara y su cuerpo delataban el troglodítico proceder
de aquellos policías. Por suerte, al día siguiente Ignacio no orinaba ya
sangre, pero durante varios días podía observarse claramente en su cara y en
una oreja la marca de la bota del policía que lo sujetaba así, mientras otros
le propinaban golpes.
Ignacio había denunciado a dos policías.
Según el auto, el primero es un simple conductor de un coche policial, no
presente en los hechos. Del otro, “no existe constancia de su presencia”. Sin
más y sin menos. Zanjado el asunto. Por lo que el señor juez concluye el
sobreseimiento de la causa, “dado que no aparecen motivos suficientes para
imputar el supuesto hecho delictivo a persona determinada”. Y como así son las
cosas, al señor juez no se le ocurre indagar algo más, salvo dar carpetazo a la
denuncia y comunicar el fallo por correo certificado.
Recuerdo a este respecto el comunicado
que un sindicato policial sacó al poco tiempo presentando a aquellos policías
como víctimas de los insultos y agresiones de los miembros del 15M desalojados.
Me vienen a la cabeza ahora las recientes declaraciones realizadas
conjuntamente por la Confederación Española de Policía (CEP) y el Sindicato
Profesional de Policía (SPP) denunciando “que sus agentes están recibiendo
amenazas directas de muerte" y están siendo perseguidos a través de
Internet por “los colectivos laicistas” que se manifestaron la semana pasada en
la Puerta del Sol a raíz de la reciente visita del Papa a España. Verdades a
medias convertidas en gruesas mentiras. Táctica trilera de verter
indiscriminadamente las acusaciones sobre la espalda ajena y aparecer así como
víctima y defensor de la ley y el orden.
Sin embargo, el juez se pone también en
la hipótesis de que algún policía hubiera sido identificado en el lugar de los
hechos. En tal caso, continúa el magistrado, lo único cierto sería que aquellos
policías “se hallaban realizando su labor en cumplimiento de una orden”. No
cuestiona ni indaga, pues, la labor realizada, sino que la pone al abrigo de la
orden recibida (¡cuántas dictaduras e injusticias están repletas de
cumplimientos de órdenes recibidas!).
Añade el juez que en el desalojo se
produce en primer lugar una “confrontación dialéctica (y en algunos casos
física)”, y después se procede al desalojo “utilizando la fuerza necesaria y
mínima imprescindible para el cumplimiento de la orden”. Reconoce asimismo que
a resultas de esa fuerza “mínima y necesaria” Ignacio sufre lesiones cuya curación
necesita diez días. Una vez más, la verdad queda oculta tras los circunloquios
y los eufemismos.
A continuación aduce como eximente legal
de los policías que el empleo de los “medios violentos” es legítimo a fin de
“garantizar el orden jurídico” y “servir a la paz colectiva”, y siempre que
estén regidos por “los principios de congruencia, oportunidad y
proporcionalidad”. Por si fuera poco, el
señor juez remarca que “existía necesidad (en abstracto) (sic) de usar cierta violencia para el mantenimiento del orden
publico, porque sin ella no les hubiera sido posible (…) cumplir con su
obligación”. La violencia empleada con Ignacio que le producen las referidas
lesiones “no consta que sobrepasara lo razonable para la finalidad pretendida
(…) y “sí que consta que fue usada ocasionando el modo menos lesivo posible”.
El señor juez concluye afirmando que los
hechos denunciados por Ignacio no pueden ser calificados como delito, queda
excluido el inicio de un proceso penal contra algún policía y sobreseída la
causa. Y colorín colorado.
Dice
Wittgenstein en su Tractatus que lo
que no se puede pensar tampoco se puede decir y lo que no se puede decir
tampoco resulta pensable. Concluye entonces Wittgenstein que de lo que no se
puede hablar, mejor es callar. Por eso decido ahora no seguir escribiendo en la
confianza de que la inteligencia del lector rematará la faena.
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