domingo, 6 de marzo de 2016

Carta abierta a la Directora Provincial de MUFACE en Zaragoza



A la atención de doña Úrsula Hernández Marta
Directora Provincial de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) en Zaragoza


Señora Hernández: Con gran sorpresa recibí el 1 de marzo pasado su  Comunicación de Orden de Transferencia (Exp. 5001PRP201600001, nº transf. 6119), en concepto de prestación de ayuda por la adquisición de una silla de ruedas eléctrica, con la que me desplazo debkido a mi enfermedad: todo lo que hasta la fecha MUFACE-Zaragoza me había comunicado como inválido para obtener dicha prestación, ahora constituía para Ustedes la base para aprobar la solicitud y realizar la transferencia correspondiente.  

En efecto, me quedé boquiabierto al leer en su Comunicación de Orden de Transferencia que se procede al pago “a la vista de la documentación justificativa”, por lo que deduje que no sé por qué razones ahora sí habían admitido ustedes la presentación de una nueva documentación en orden a una nueva solicitud, cuando ya meses antes en su mismo despacho Usted me comunicó con displicencia y seguridad que cualquier presentación de una nueva solicitud de prestación de ayuda sería denegada por estar ya denegada la primera.

Debido a su postura cerrada, usted no me permitió otra salida que presentar, siguiendo sus propias indicaciones en el escrito de denegación de ayuda, un recurso de alzada ante el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas. Aun  acatando y efectuando semejante desatino, me dirigí también al Justicia de Aragón comunicándole mi Queja por semejante actuación de MUFACE, que a su vez remitió dicha Queja al Defensor del Pueblo, del que recibí escrito de haberse hecho cargo de mis reclamaciones.

 Como no podía dar crédito ante tamaño despropósito por parte de MUFACE, Zaragoza, y debido al silencio de la Administración ante el recurso de alzada presentado, y dado el deteriorado estado de mi antigua silla de ruedas, no me quedó otro remedio que obtener un crédito para adquirir en una Ortopedia una silla de ruedas en condiciones y con la que desplazarme con ciertas garantías de seguridad. Así las cosas, comuniqué a ustedes el nuevo estado de la tramitación, adjuntándoles la documentación correspondiente.

Pues bien, MUFACE, Zaragoza, me comunica ahora en la citada Orden de Transferencia que, admitiendo la nueva documentación presentada, realiza el pago, lo que me lleva a preguntarme si toda su cerrazón anterior es debida a alguna suerte de la mauvoise foi del filósofo francés Jean-Paul Sartre, a una posible dejación de sus funciones como Directora de una Mutualidad al servicio y ayuda de sus trabajadores y empleados o a otros motivos oscuros que debería rechazar por demasiado verosímiles y maliciosos. 

Sirva, pues, este escrito como manifestación de mi protesta e indignación por su forma de proceder en el caso de un simple trabajador discapacitado que hace meses, demasiados meses, ejerció su derecho de solicitar una prestación de ayuda para adquirir una silla de ruedas que le fue denegada por turbios procedimientos.

Para colmo, espero que usted sepa que el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su apartado primero que si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42”.

Es decir, la propia normativa aplicable a todas las Administraciones Públicas (también a MUFACE), y a la que se deben de adecuar todos los procedimientos administrativos, establece que en caso de que exista un defecto en la solicitud, se debe requerir al interesado para que lo subsane en un plazo de 10 días. Yo estaba, pues, en mi derecho de poder subsanar cualquier error o equívoco, al amparo de dicha ley, pero usted,  miembro de la Administración, me privó de un derecho del administrado, en calidad de Directora Provincial de MUFACE.

 ¿Por qué, señora Hernández? 

¿Por qué no dimite?

Sin otro particular, le saluda

Antonio Aramayona

2 comentarios:

  1. Magnífika carta , Antonio. Tienen que concederte la silla que a una persona con posibles le cueste 19.000 euros y que tú te la concedan por un euro al mes. Es cuestión de Justicia, que esperamos los que te quieren, te sea concedida la mencionada silla. Salud y Repúblika Laika. 17 Pekos.

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